¿El Periodo de Retorno de la Inversión?

El principio básico fundacional de A.R.C.E., en lo económico, es que el cumplimiento de sus Asociados con su compromiso con el Medio Ambiente, de reducción de las emisiones de su vivienda de GEI, debe conseguirse con inversiones a las que se añadirán todos los gastos de tramitación y mantenimiento, recuperadas con las subvenciones las bonificaciones, y los ahorros de las facturas energéticas, durante un plazo(periodo de retorno). NUNCA MAYOR AL 50% DE LA VIDA UTIL DE LO INSTALADO. Por lo tanto, las propuestas de intervención que el Gestor Energético hará al Asociado Vecino, siempre deberá cumplir con el requisito arriba mencionado, adquiriendo el mismo el compromiso de intervención dentro de esa condición. Supuesto que sea preciso recurrir a financiación, la Asociación gestionara un préstamo con entidades de crédito a tipos de mercado de préstamos consumo.


¿Cómo SE MANTIENE ECONOMICAMENTE LA ASOCIACION?


Habida cuenta de la INEXISTENCIA DE CUOTAS, La Asociación solo percibirá del Asociado Vecino por su actuación.

Los honorarios profesionales de la redacción de los Documentos Técnicos, exigibles para la tramitación de las Ayudas Subvenciones y Bonificaciones, a los que se aplicaran tarifas oficiales de trabajos similares.

El 5% sobre los presupuestos de equipos e instalaciones, otro 5% se le aplicara como descuento al Asociado, del 10% acordado con los Proveedores.

10% del importe del impuesto Bonificado a lo largo de todos los periodos (las bonificaciones son del 40- 50% durante al menos tres periodos)

10% de las Subvenciones y Ayudas como consecuencia de la Intervención

1% del importe del Préstamo Gestionado

Todos los importes se tendrán en cuenta en el cálculo del Periodo de Retorno